Existe todavía
cierta aprehensión en vacunar a la embarazada por el temor a que la vacuna
pueda afectar al feto en desarrollo, preocupación que es entendible. Pero
existen dos vacunas que la embarazada debe recibir porque han demostrado su
eficacia, seguridad y beneficios tanto para la futura madre como para su hijo,
y, estas vacunas son, la DTaP contra la difteria, tétanos y tosferina o
pertussis que debe ponerse entre las 27 y 36
semanas de la gestación, y la otra es, la vacuna contra la gripe o
influenza, que puede ponerse en cualquier momento del embarazo.
La tosferina o
pertussis es una enfermedad grave para el recién nacido que cuando la adquiere
tiene que ser hospitalizado y que en muchos casos es mortal. Cuando la madre es
vacunada, producirá los anticuerpos que van a proteger a su bebé a muy corto
plazo antes de que este nazca y hasta que se comience a vacunar a los dos meses
de nacido.
La vacuna
contra la gripe o influenza ha sido administrada a millones de mujeres
embarazas, ha demostrado igual seguridad y protección en la mujer que por esa
condición tiene su sistema respiratorio, cardiaco e inmunológico deficientes.
La mujer embarazada, está 7 veces más propensa a presentar un caso grave e
incluso fatal de gripe, si se compara con mujeres de igual edad que no están
embarazadas. Ambas vacunas, la DTaP y la de la gripe, deben ponerse en cada
embarazo, no importa que la mujer la haya recibido en su embarazo anterior.
Por otra parte,
las vacunas producidas de virus vivos, debilitados o atenuados y algunas otras,
nunca deberán ser administradas a la mujer embarazada, y son estas: BCG o
vacuna contra la tuberculosis, contra la fiebre tifoidea, la triple viral (MMR)
contra sarampión, rubeola y paperas, meningococo y, la vacuna contra la
varicela. Estas, deberán ser puestas a la mujer antes si el embarazo ha sido
programado o después de haber nacido el niño. También los tíos, abuelos y
hermanos mayores que van a relacionarse directamente con el recién nacido,
deberán estar vacunados, porque son ellos, una fuente de contagio para el niño
que llega y es objeto de sus caricias.
Por último, a
la mujer embarazada elegible para obtener la residencia de los EE. UU. Le van a
exigir ponerse una serie de vacunas, si entre ellas está alguna de las que
hemos señalado como contraindicadas, es su deber pedir que sea postergada para
después del parto, y es deber de la autoridad que la exige, atender dicha
petición.
Dr. Marcos Díaz Guillén
Pediatra-Neonatólogo
Santo Domingo, República Dominicana
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